Nuevo reglamento de la ley de extranjeria

Ante la aprobación en el día de hoy del nuevo Reglamento de ejecución de la Ley de Extranjería, SOS Racismo quiere fijar su opinión ante la opinión pública, organizaciones sociales e instituciones políticas.
En primer lugar se ha de diferenciar entre el proceso de regularización que incorpora en sus disposiciones adicionales y su contenido general.
Por un lado valoramos positivamente que se abra un nuevo proceso de regularización extraordinaria que permitirá que mejore la situación legal administrativa y económica de muchas personas. Sin embargo también debemos decir que mantenemos el grueso de la críticas que hicimos a las sucesivas reformas de la Ley, que se mantienen con el nuevo Reglamento ,puesto que se trata del desarrollo de un instrumento normativo para concretar aspectos de la ley y por tanto no cabía esperar que sirviera para cambiar ni su letra ni su filosofía. En definitiva el Reglamento precisa cosas, mejora algunas y empeora otras pero el balance comparativo resulta en muchos aspectos negativo y en general decepcionante.
El proyecto del PSOE mantiene el espíritu de lo hecho por el PP, enfatizando aquellos aspectos referidos a la eficacia tanto en el control de fronteras, como en la ejecución de expulsiones. El punto de vista que expresa se basa en una concepción unilateral, centrada sólo en la dimensión laboral, que por muy del gusto que sea de los sindicatos no deja de ser fuertemente discriminador, esquemático y escasamente respetuoso con los derechos humanos.
A modo de fundamento, señalamos los siguientes puntos de la presente normativa, diferenciando entre su contenido general y el proceso de regularización

  • Proceso de “Normalización individualizada”

    Es positivo que se afronte la situación de vulneración de derechos y la explotación laboral que atraviesan casi un millón de personas, dándoseles una oportunidad para regularizarse. Y una opción con puntos positivos, como la no afectación para la concesión del permiso de los expedientes de expulsión por situación irregular. No obstante ello, señalamos que el proceso nace con toda una serie de inconvenientes que hacen pensar en que mucha gente se va a quedar fuera:

    • La admisión como única prueba de estancia del empadronamientoes jurídicamente inadmisible y va a impedir a muchas personas regularizarse. Aquellos que no han podido empadronarse o que no lo hicieron tras la reforma de la Ley Orgánica 14/2003, que permite el acceso de la Policía de Extranjería a los datos del Padrón.
    • La exigencia del certificado de antecedentes penales del país de origenes una traba burocrática que va a dificultar el proceso. Por la saturación actual de los Consulados en España de países con muchos inmigrados en nuestro territorio, por la inexistencia de los mismos en el caso de otras nacionalidades o por las dificultades, en algunos casos imposibilidad, para obtenerlo en el país de origen.
    • Dejar la regularización únicamente en manos de los empleadores, sin contemplar otras situaciones diferentes a las laborales, no parece reflejar una verdadera apuesta por la integración social. El olvido en este proceso de los hijos menores de quienes se regularicen así lo demuestra. La relación directa, estrecha, de causa efecto que el Gobierno quiere establecer entre mercado de trabajo y control de la entrada y la estancia tiene estos efectos perversos. Se van a regularizar sólo quienes quieran los empresarios, nadie más.
  • Contenido general del nuevo Reglamento

    Destacamos como avances positivos la mayor precisión en los requisitos para la renovación de los permisos, y la consiguiente disminución de la habitual discrecionalidad por parte de los funcionarios locales, la aclaración de los requisitos necesarios para el arraigo y la posibilidad de los estudiantes de cambiar su tarjeta a un permiso de trabajo a los 3 años, poco más. No obstante ello el texto merece críticas que a nuestro juicio son de suma gravedad, como las siguientes:
    Salvo las nombradas, el resto de modificaciones son restrictivas, como:

    • El mantenimiento de las sanciones a las compañías de transporte, limitando el derecho de asilo y la libertad de circulación de personas.
    • La limitación de los derechos administrativos de las personas extranjeras, también se mantiene, en ningún caso se aminora: continuando su obligación de presentar personalmente todas sus solicitudes. El hecho de que se obligue con el nuevo Reglamento a hacer 2 trámites con cada solicitud (presentarla y luego si se concede el permiso, pedir la tarjeta), agrava la burocracia que padece el extranjero.
    • Se eliminan posibilidades de regularización, como la de los padres de niños españoles recién nacidos, o la de los cónyuges e hijos de residentes con un permiso renovado. Ello cierra aún más la regularización de quienes se encuentran ya en nuestro territorio.
    • Los menores quedan en una situación que vulnera sus derechos. Los hijos de residentes legales tendrán que esperar 2 años a obtener el permiso, y a los no acompañados se les va a poder repatriar aunque tengan su permiso, o no renovárselo cuando alcancen la mayoría de edad.
    • En el caso de los permisos que se prevén por sufrir violencia doméstica, o conductas racistas, hacer depender la concesión del permiso de una sentencia condenatoria, va a hacer perder eficacia en la práctica a estas medidas.

Partiendo de este cuadro de situación, pensamos que las autoridades actuales han sido poco receptivas a los argumentos de las organizaciones sociales. Nosotros entendemos, y así se lo hemos hecho llegar a la Secretaría de Estado, que la política de inmigración se tiene que asentar sobre unos pilares diferentes a los que se ha asentado durante estos últimos veinte años, al tiempo que tenemos que analizar seria y críticamente la experiencia de ese período.
Desde nuestro punto de vista, en un primer plano, deberían estar los derechos y libertades de las personas, en cuya base están la libertad de circulación y el principio de igualdad.
Y respecto al rol de Estado, la excepción deberían ser los límites que pone a la entrada y la residencia de los y las extranjeras. Si bien el Estado tiene derecho a poner límites, no puede ser algo incondicional y que vaya en detrimento de los derechos fundamentales y humanos. El derecho de asilo, el derecho a vivir en familia, y el principio de igualdad, no son derechos y libertades negociables.
Las medidas tomadas no suplen una necesaria política de integración, hoy por hoy ausente de la agenda gubernamental. Institucionalmente desde SOS Racismo estaremos vigilando el proceso de regularización, denunciando irregularidades y exigiendo que se pongan a disposición los recursos necesarios para garantizar la celeridad y transparencia de éste. Simultáneamente, dado que entendemos que el proceso en sí mismo es insuficiente, continuaremos trabajando para exigir un cambio en las políticas migratorias.
Federación de Asociaciones de SOS Racismo del Estado español
30 diciembre 2004

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